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Renta Activa de Inserción (RAI): qué es y a quién protege

· Actualizado: 17 de junio de 2026 · Prestaciones

Qué es la Renta Activa de Inserción (RAI)

La Renta Activa de Inserción (RAI) es un programa del SEPE pensado para personas desempleadas con especiales dificultades para encontrar trabajo y en situación de necesidad económica. Combina una ayuda económica con acciones de inserción laboral, de ahí su nombre: no es solo una renta, sino un itinerario activo de vuelta al empleo.

Aviso importante: la RAI ya no admite nuevas solicitudes

Antes de seguir, hay un dato que debes conocer. Con la reforma del nivel asistencial del desempleo, desde el 1 de noviembre de 2024 no se puede solicitar el acceso al programa de RAI, sea cual sea la circunstancia personal.

Esto no significa que el programa haya desaparecido para todo el mundo:

  • Si antes del 31 de octubre de 2024 ya habías solicitado la RAI, te había sido reconocida o la tenías suspendida, mantienes tu derecho con las mismas condiciones reconocidas (duración máxima y cuantía).
  • Si tu situación es nueva y buscas protección por desempleo, tu vía ya no es la RAI, sino el subsidio por desempleo en sus distintas modalidades. Revisa nuestra guía del subsidio por desempleo.

Por eso esta página explica cómo funciona la RAI para quien ya está dentro del programa o quiere entender en qué consistía.

Colectivos protegidos

La RAI se dirigía a varios colectivos con requisitos específicos:

Personas paradas de larga duración mayores de 45 años

Personas desempleadas de larga duración con 45 o más años que hubieran extinguido una prestación contributiva o un subsidio por desempleo (salvo extinción por sanción) y no tuvieran derecho a otras prestaciones o subsidios ni a la renta agraria. Este colectivo debía acreditar la realización de acciones de búsqueda activa de empleo (BAE) ante su servicio público de empleo autonómico.

Personas con discapacidad

Personas con un grado de discapacidad reconocido en situación equiparable, con el mismo requisito de haber extinguido previamente la prestación o el subsidio y de acreditar la búsqueda activa de empleo.

Víctimas de violencia de género, sexual o doméstica

Personas víctimas de violencia de género, violencia sexual o violencia doméstica, acreditada en la forma que exige la normativa. Para este colectivo no se exigía el requisito de edad ni el de haber agotado una prestación previa, y disponía de protección reforzada (ver más abajo).

Personas emigrantes retornadas

Personas trabajadoras emigrantes retornadas desde determinados países que regresan a España tras trabajar en el extranjero y se encuentran en situación de necesidad, con los requisitos específicos que detalla la ficha del SEPE.

Requisitos generales

Con carácter general, para la RAI se exigía:

  • estar desempleado e inscrito como demandante de empleo, y mantener la inscripción durante todo el periodo;
  • ser menor de 65 años;
  • no tener ingresos propios mensuales superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias;
  • no haber sido beneficiario de tres derechos a la RAI anteriores;
  • y suscribir el compromiso de actividad (acuerdo de actividad).

Además, según el colectivo, se sumaban los requisitos específicos vistos arriba (edad, extinción previa de prestación, acreditación de violencia o de retorno).

El compromiso de actividad

La “A” de RAI es de activa por algo. La persona beneficiaria debía suscribir un compromiso de actividad y participar en las acciones de inserción y de búsqueda de empleo que le indicara el servicio público de empleo. No cumplir estas obligaciones podía suponer la suspensión o extinción de la renta.

Cuantía: porcentaje del IPREM

La cuantía mensual de la RAI es igual al 80 % del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) mensual vigente en cada momento. Como el IPREM se actualiza, conviene comprobar su valor del año en curso en nuestra ficha del IPREM.

Duración

La RAI se reconoce por un periodo máximo de 11 meses. Se abona con efectos del día siguiente a la solicitud y, como se ha indicado, una misma persona no podía obtener más de tres derechos al programa a lo largo de su vida laboral.

Protección reforzada para víctimas de violencia

Las víctimas de violencia de género, sexual o doméstica que se vieran obligadas a cambiar de residencia en los doce meses anteriores a la solicitud, o durante su permanencia en el programa, podían solicitar una ayuda suplementaria equivalente a tres mensualidades de la RAI, de pago único, además de la renta ordinaria.

Incompatibilidades

La RAI, como protección asistencial, era incompatible con tener derecho simultáneo a prestaciones o subsidios por desempleo o a la renta agraria, y con superar el límite de rentas señalado. También se condicionaba al cumplimiento del compromiso de actividad: trabajar o percibir ingresos por encima del umbral podía suspender o extinguir el derecho.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la RAI hoy?

No. Desde el 1 de noviembre de 2024 no se admiten nuevas solicitudes de RAI. Si necesitas protección por desempleo, tu vía es el subsidio por desempleo.

Tengo la RAI reconocida de antes, ¿la pierdo?

No por la reforma. Si la solicitaste, te fue reconocida o la tenías suspendida antes del 31 de octubre de 2024, mantienes el derecho con las condiciones reconocidas: hasta 11 meses y 80 % del IPREM.

¿Cuánto se cobra con la RAI?

El 80 % del IPREM mensual vigente. Consulta el valor actual del IPREM antes de hacer cálculos.

¿Cuántas veces se podía cobrar?

Un máximo de tres derechos a la RAI a lo largo de la vida, y siempre cumpliendo los requisitos de cada admisión.

¿Qué era el compromiso de actividad?

El acuerdo por el que la persona se obligaba a buscar empleo de forma activa y a participar en las acciones de inserción. Incumplirlo podía suspender o extinguir la renta.

Resumen práctico

La RAI fue durante años la red para colectivos con especial dificultad: parados de larga duración mayores de 45 años, personas con discapacidad, víctimas de violencia y emigrantes retornados. Ofrecía el 80 % del IPREM durante un máximo de 11 meses, ligada a un compromiso de actividad. Hoy ya no admite nuevas solicitudes desde el 1 de noviembre de 2024; quien la tenía reconocida la conserva, y quien busca protección nueva debe acudir al subsidio por desempleo. Confirma siempre tu caso en la ficha oficial del SEPE.

Revisión editorial

Guía informativa revisada por redacción

Contenido orientativo basado en documentación pública y páginas institucionales · Revisado el 17 de junio de 2026

Revisado por Gabriel G. Editor de formación

Qué comprobar antes de actuar

  • Comprueba fechas, requisitos y cuantías en la web oficial antes de iniciar un trámite.
  • Si la convocatoria o norma ha cambiado, prevalece siempre la información del organismo público competente.
  • Usa esta guía como orientación editorial, no como sustituto de una resolución oficial.
  • Si necesitas confirmar documentación o plazos, consulta la fuente primaria enlazada o tu oficina correspondiente.

Fuentes y referencias

Si el artículo trata una ayuda, prestación o trámite concreto, conviene contrastar la versión vigente en la sede o portal oficial correspondiente antes de enviar datos personales o presentar solicitudes.