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Modelo 036: alta, modificación o baja

· Actualizado: 29 de julio de 2026 · Trámites

Modelo 036: declaración censal de alta, modificación o baja

El Modelo 036 es la declaración censal que utilizan los empresarios individuales, profesionales y sociedades para comunicar a la Agencia Tributaria el inicio, la modificación o el cese de sus actividades económicas. Es un formulario imprescindible para cualquier persona o entidad que vaya a realizar una actividad económica en España, ya que permite inscribirse en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Este documento es el primer paso formal antes de comenzar cualquier actividad empresarial o profesional y cumple la función de informar a Hacienda sobre quién eres, qué actividad vas a desarrollar, dónde la ejercerás y cuáles serán tus obligaciones fiscales.

El modelo 036 y el antiguo modelo 037

Durante años, la Agencia Tributaria ofreció dos versiones de la declaración censal: el Modelo 036 (versión completa) y el Modelo 037 (versión simplificada para personas físicas residentes que cumplían ciertos requisitos).

El Modelo 037 fue suprimido con efectos desde el 3 de febrero de 2025 por la Orden HAC/1526/2024. Desde entonces, todas las declaraciones censales de alta, modificación y baja se presentan con el Modelo 036, que incorpora una versión simplificada de cumplimentación: el formulario permite seleccionar únicamente los apartados que corresponden a tu perfil, por lo que un autónomo sin regímenes especiales rellena en la práctica lo mismo que rellenaba en el antiguo 037.

Si encuentras referencias al Modelo 037 en documentación o guías antiguas, ten en cuenta que hoy el único modelo vigente es el 036.

Cuándo se presenta el modelo 036

Alta censal

Debe presentarse antes del inicio de la actividad económica. Es obligatorio para:

  • Autónomos que van a iniciar una actividad profesional o empresarial.
  • Sociedades que se constituyen y van a realizar actividades económicas.
  • Entidades que van a satisfacer rendimientos sujetos a retención.
  • Quienes vayan a realizar adquisiciones intracomunitarias de bienes.
  • Quienes soliciten un NIF (Número de Identificación Fiscal) asignado por la Agencia Tributaria.

Modificación censal

Se presenta cuando cambian las circunstancias previamente declaradas:

  • Cambio de domicilio fiscal o social.
  • Cambio o ampliación de la actividad económica.
  • Alta o baja en el régimen de estimación directa u objetiva.
  • Cambio en las obligaciones fiscales (IVA, retenciones, etc.).
  • Apertura o cierre de locales o sucursales.
  • Alta o baja en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI).

Baja censal

Se presenta cuando se cesa definitivamente en la actividad económica. El plazo es de un mes desde la fecha de cese.

Estructura del modelo 036

El Modelo 036 está dividido en las siguientes páginas:

Página 1: Datos identificativos y causa de presentación

  • Datos del declarante (NIF, nombre o razón social, domicilio fiscal).
  • Motivo de la declaración: alta, modificación o baja.
  • Casillas de selección para indicar qué apartados se cumplimentan.

Página 2: Identificación

  • Datos complementarios de identificación.
  • Representantes legales.
  • Domicilio fiscal y domicilio a efectos de notificaciones.

Página 3: Representantes

  • Datos de los representantes legales de la entidad.

Página 4: Declaración de actividades económicas y locales

  • Epígrafe del IAE (Impuesto de Actividades Económicas) correspondiente a la actividad.
  • Descripción de la actividad.
  • Dirección del local o establecimiento donde se ejerce.

Página 5: Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

  • Régimen de IVA aplicable (general, simplificado, recargo de equivalencia, etc.).
  • Inicio de la obligación de presentar declaraciones de IVA.
  • Porcentaje de prorrata, si procede.

Página 6: Impuesto sobre la Renta (IRPF/IS)

  • Método de determinación del rendimiento: estimación directa normal, estimación directa simplificada o estimación objetiva (módulos).
  • Obligación de realizar pagos fraccionados.

Página 7: Retenciones e ingresos a cuenta

  • Obligaciones de retener e ingresar a cuenta en relación con rendimientos del trabajo, actividades profesionales, alquileres, capital mobiliario, etc.

Página 8: Regímenes especiales del comercio intracomunitario

  • Inscripción o baja en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI).

Cómo rellenar el modelo 036 paso a paso (alta de autónomo)

Paso 1: Accede al formulario

Entra en la sede electrónica de la Agencia Tributaria y busca el Modelo 036 en la sección de modelos y formularios. Puedes rellenarlo online o descargarlo en PDF.

Paso 2: Página 1 - Datos básicos y causa

  • Marca la casilla 111 (alta censal).
  • Indica tus datos personales: NIF, nombre y apellidos.
  • Marca la casilla 600 si vas a darte de alta en una actividad económica.
  • Marca las casillas de las páginas que vas a cumplimentar (normalmente 2, 4, 5, 6 y 7).

Paso 3: Página 2 - Identificación

  • Rellena tu domicilio fiscal completo.
  • Si el domicilio de la actividad es distinto, indícalo.

Paso 4: Página 4 - Actividades económicas

  • Indica el epígrafe del IAE correspondiente a tu actividad. Si no lo conoces, puedes consultarlo en la web de la Agencia Tributaria. Ejemplo: 8411 para servicios jurídicos, 769.9 para otros servicios informáticos.
  • Indica la fecha de inicio de la actividad.
  • Si tienes un local afecto a la actividad, indica su dirección.

Paso 5: Página 5 - IVA

  • Marca la casilla 501 (alta en la obligación de presentar declaraciones de IVA).
  • Selecciona el régimen de IVA aplicable. Lo más habitual para autónomos es el régimen general (casilla 502).
  • Indica la fecha de inicio de la obligación.

Paso 6: Página 6 - IRPF

  • Marca la casilla 600 (alta en la obligación de realizar pagos fraccionados del IRPF).
  • Selecciona el método de determinación del rendimiento:
    • Estimación directa simplificada (casilla 609): la más habitual para autónomos que facturan menos de 600.000 euros.
    • Estimación directa normal (casilla 608): para facturaciones superiores.
    • Estimación objetiva o módulos (casilla 610): solo para determinadas actividades.

Paso 7: Página 7 - Retenciones

  • Si vas a contratar trabajadores, marca las casillas correspondientes a la obligación de retener sobre rendimientos del trabajo.
  • Si vas a pagar alquileres de locales, marca la casilla correspondiente.

Paso 8: Presenta el formulario

Puedes presentar el Modelo 036:

  • Telemáticamente: con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
  • Presencialmente: en cualquier oficina de la Agencia Tributaria.

Plazos de presentación

  • Alta: antes del inicio de la actividad económica. En la práctica, se recomienda presentarlo con al menos unos días de antelación.
  • Modificación: en el plazo de un mes desde la fecha en que se produce la modificación.
  • Baja: en el plazo de un mes desde el cese de la actividad.

Errores comunes al rellenar el modelo 036

  • No marcar las casillas de causa: es imprescindible marcar correctamente si es alta, modificación o baja.
  • Epígrafe de IAE incorrecto: elegir un epígrafe inadecuado puede generar problemas con las obligaciones fiscales asociadas.
  • No indicar el régimen de IVA: si no seleccionas el régimen correcto, puedes tener problemas con tus declaraciones trimestrales.
  • Olvidar las obligaciones de retención: si tienes empleados o pagas alquileres, debes marcar las casillas correspondientes.
  • No comunicar cambios a tiempo: cualquier modificación debe comunicarse en el plazo de un mes.

Preguntas frecuentes sobre el modelo 036

¿Necesito presentar el Modelo 036 para darme de alta como autónomo?

Sí. El alta censal en Hacienda mediante el Modelo 036 es uno de los trámites obligatorios para iniciar una actividad por cuenta propia, junto con el alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) de la Seguridad Social. Desde febrero de 2025 ya no existe el antiguo Modelo 037 simplificado: todo se tramita con el 036.

¿Puedo darme de alta en varios epígrafes del IAE?

Sí. Si vas a desarrollar varias actividades económicas diferentes, debes darte de alta en todos los epígrafes correspondientes, indicando cada uno en la página 4 del modelo.

¿Qué ocurre si presento el alta fuera de plazo?

La presentación fuera de plazo puede conllevar sanciones. La infracción por no presentar la declaración censal puede sancionarse con multa de 400 euros, reducible al 50% por conformidad y pago voluntario.

¿Puedo modificar el Modelo 036 después de presentarlo?

Sí, presentando un nuevo Modelo 036 de modificación. Simplemente indica que se trata de una modificación y cumplimenta solo las páginas afectadas por el cambio.

¿El Modelo 036 sustituye al alta en la Seguridad Social?

No. Son trámites independientes. El alta censal (Modelo 036) se realiza ante Hacienda. El alta en la Seguridad Social se tramita por separado en la Tesorería General de la Seguridad Social.

¿Las sociedades también deben presentar el Modelo 036?

Sí. Las sociedades deben presentar el Modelo 036 para obtener su NIF provisional y, posteriormente, el NIF definitivo una vez inscritas en el Registro Mercantil.

Recursos útiles

  • Sede electrónica de la Agencia Tributaria: acceso al formulario online del Modelo 036 y guía de cumplimentación.
  • Servicio de información tributaria básica: teléfono 91 554 87 70 para consultas (lunes a viernes, de 9 a 19 horas).
  • Oficinas de la Agencia Tributaria: atención presencial con cita previa para recibir ayuda con la cumplimentación.
  • Consulta de epígrafes del IAE: disponible en la web de la Agencia Tributaria para localizar el epígrafe adecuado a tu actividad.

Presentar correctamente el Modelo 036 desde el inicio de tu actividad es la base para una relación fluida con Hacienda. Dedica tiempo a entender cada apartado y, si tienes dudas, no dudes en consultar con un asesor fiscal o con la propia Agencia Tributaria.

Revisión editorial

Guía informativa revisada por redacción

Contenido orientativo basado en documentación pública y páginas institucionales · Revisado el 29 de julio de 2026

Revisado por Gabriel G. Editor de formación

Qué comprobar antes de actuar

  • Comprueba fechas, requisitos y cuantías en la web oficial antes de iniciar un trámite.
  • Si la convocatoria o norma ha cambiado, prevalece siempre la información del organismo público competente.
  • Usa esta guía como orientación editorial, no como sustituto de una resolución oficial.
  • Si necesitas confirmar documentación o plazos, consulta la fuente primaria enlazada o tu oficina correspondiente.

Fuentes y referencias

Si el artículo trata una ayuda, prestación o trámite concreto, conviene contrastar la versión vigente en la sede o portal oficial correspondiente antes de enviar datos personales o presentar solicitudes.