Subsidio para emigrantes retornados
Subsidio para emigrantes retornados
El subsidio para emigrantes retornados es una prestación por desempleo del SEPE dirigida a los trabajadores españoles que regresan a España después de haber trabajado en el extranjero. Esta ayuda económica pretende facilitar la reinserción laboral y social de los emigrantes que vuelven a su país, ofreciendoles una cobertura económica mientras buscan empleo.
Sí has trabajado fuera de España y has regresado (o tienes previsto hacerlo), en esta guía te explicamos todo lo que necesitas saber sobre este subsidio: requisitos, cuantía, duración y cómo solicitarlo.
Qué es el subsidio para emigrantes retornados
Se trata de un subsidio de nivel asistencial gestionado por el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) que se concede a los trabajadores españoles que, tras haber trabajado en el extranjero al menos 12 meses en los últimos 6 años, regresan a España sin tener derecho a la prestación contributiva por desempleo.
Es un subsidio asistencial, lo que significa que su cuantía es fija (el 80% del IPREM) y no depende de las bases de cotización del trabajador en el extranjero.
Requisitos para solicitar el subsidio
Para acceder al subsidio de emigrante retornado debes cumplir los siguientes requisitos:
Requisitos personales:
- Ser trabajador español.
- Haber retornado a España desde un país no perteneciente a la Union Europea, al Espacio Económico Europeo ni a Suiza. Si has trabajado en un país de la UE/EEE/Suiza, tus cotizaciones se computan a través de los mecanismos de coordinación europea y podrias tener derecho a la prestación contributiva, no al subsidio de retornados.
- Estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE.
- Suscribir el compromiso de actividad (aceptar ofertas de empleo, participar en acciones formativas, buscar activamente empleo).
Requisitos de empleo previo:
- Haber trabajado cómo mínimo 12 meses en un país extranjero no comunitario en los 6 años anteriores a la fecha de solicitud.
- No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo en España.
Requisitos económicos:
- Carecer de rentas de cualquier naturaleza superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Las rentas se computan en terminos individuales, no de la unidad familiar.
Cuantia del subsidio
La cuantía del subsidio es el 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Multiples) vigente en cada momento. Esto equivale aproximadamente a 480-560 euros mensuales, dependiendo del IPREM actualizado.
El pago se realiza mensualmente por transferencia bancaria.
Duración del subsidio
El subsidio para emigrantes retornados tiene una duración de 18 meses, divididos en tres períodos de 6 meses. Cada 6 meses deberás renovar la solicitud acreditando que sigues cumpliendo los requisitos.
Cómo solicitar el subsidio paso a paso
Paso 1: Inscribete como demandante de empleo. Acude a tu oficina de empleo (SEPE u oficina autonómica correspondiente) para inscribirte como demandante de empleo. Necesitaras DNI, tarjeta de la Seguridad Social y documentación acreditativa de tu experiencia laboral en el extranjero.
Paso 2: Solicita el subsidio. Puedes hacerlo:
- Presencialmente: En tu oficina del SEPE, con cita previa.
- Telematicamente: A través de la sede electrónica del SEPE (sede.sepe.gob.es) con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
El plazo para solicitar el subsidio es de 15 días hábiles desde la inscripción como demandante de empleo. Si lo solicitas fuera de plazo, no pierdes el derecho, pero los días de retraso se descuentan de la duración del subsidio.
Paso 3: Aporta la documentación necesaria.
- DNI o pasaporte en vigor.
- Certificado consular de emigrante retornado, emitido por el consulado de España en el país dónde residias.
- Certificado de las cotizaciones efectuadas o de los períodos trabajados en el extranjero (emitido por la entidad equivalente a la Seguridad Social del país en cuestión).
- Declaración jurada de rentas.
- Datos bancarios (IBAN) para el cobro del subsidio.
Paso 4: Firma el compromiso de actividad. Te comprometes a buscar activamente empleo, aceptar ofertas de colocación adecuadas y participar en acciones formativas.
Paso 5: Espera la resolución. El SEPE tiene 15 días para resolver la solicitud. Si es favorable, el subsidio se empieza a pagar con efectos desde el día siguiente a la inscripción como demandante de empleo (si la solicitud se presento en plazo).
El certificado consular de emigrante retornado
Este certificado es un documento esencial para la solicitud. Lo emite el consulado de España en el país dónde has residido y acredita tu condición de emigrante retornado. Para obtenerlo:
- Acude al consulado de España antes de regresar a España o solicita el certificado una vez en España.
- Presenta tu pasaporte, certificado de baja consular y documentación que acredite tu residencia y trabajo en el extranjero.
- El consulado emitira el certificado, que deberás presentar al SEPE junto con la solicitud del subsidio.
Sí no has podido obtener el certificado antes de regresar, puedes solicitarlo a través del Ministerio de Asuntos Exteriores una vez en España.
Obligaciones del beneficiario
Durante el cobro del subsidio tienes las siguientes obligaciones:
- Buscar activamente empleo.
- Aceptar las ofertas de empleo adecuadas que te proponga el SEPE.
- Participar en acciones de orientación, formación y reconversión profesional.
- Renovar la demanda de empleo en las fechas indicadas.
- Comunicar cualquier cambio de circunstancias (obtener empleo, superar el limite de rentas, etc.).
- Comparecer ante el SEPE cuando seas convocado.
El incumplimiento de estas obligaciones puede conllevar la suspensión o extinción del subsidio.
Compatibilidades e incompatibilidades
El subsidio de emigrante retornado es incompatible con:
- El trabajo por cuenta ajena o propia a jornada completa.
- Otras prestaciones o subsidios por desempleo.
- Pensiones de la Seguridad Social (salvo la de viudedad).
Es compatible con:
- El trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial (con reducción proporcional del subsidio).
- Becas y ayudas formativas que no superen el limite de rentas.
Preguntas frecuentes sobre el subsidio de emigrantes retornados
Puedo solicitar el subsidio si he trabajado en un país de la Union Europea? No, este subsidio específico es para emigrantes que retornan de países no comunitarios. Si has trabajado en un país de la UE, tus cotizaciones se pueden totalizar con las españolas para acceder a la prestación contributiva por desempleo.
Cuánto tiempo tengo para solicitar el subsidio después de regresar a España? Debes inscribirte como demandante de empleo lo antes posible tras el retorno y solicitar el subsidio en los 15 días hábiles siguientes a la inscripción. No hay un plazo máximo para la inscripción, pero si tardas mucho se pueden cuestionar las circunstancias del retorno.
Necesito haber cotizado en España para acceder al subsidio? No. El subsidio está pensado precisamente para personas que han cotizado en el extranjero y no tienen cotizaciones suficientes en España para acceder a la prestación contributiva.
El subsidio cuenta cómo cotización a la Seguridad Social? Sí. Durante el cobro del subsidio, el SEPE cotiza por ti a la Seguridad Social para la prestación de asistencia sanitaria y la protección de la familia.
Puedo cobrar el subsidio y hacer un curso de formación? Sí. Es compatible con la participación en cursos de formación, y de hecho es una de tus obligaciones (participar en las acciones formativas que te proponga el SEPE).
Qué pasa si encuentro trabajo antes de agotar los 18 meses? Sí encuentras empleo a jornada completa, el subsidio se suspende. Si el empleo dura menos de 12 meses y vuelves a estar en desempleo, puedes reanudar el cobro del subsidio por el tiempo restante.
Enlaces de interés
Revisión editorial
Guía informativa revisada por redacción
Contenido orientativo basado en documentación pública y páginas institucionales · Revisado el 17 de abril de 2026
Qué comprobar antes de actuar
- Comprueba fechas, requisitos y cuantías en la web oficial antes de iniciar un trámite.
- Si la convocatoria o norma ha cambiado, prevalece siempre la información del organismo público competente.
- Usa esta guía como orientación editorial, no como sustituto de una resolución oficial.
- Si necesitas confirmar documentación o plazos, consulta la fuente primaria enlazada o tu oficina correspondiente.
Fuentes y referencias
- Metodología editorial · Cómo revisamos y actualizamos guías y fichas.
- Portal oficial del SEPE · Referencia institucional para empleo, prestaciones y formación.
Si el artículo trata una ayuda, prestación o trámite concreto, conviene contrastar la versión vigente en la sede o portal oficial correspondiente antes de enviar datos personales o presentar solicitudes.