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Qué es un ERTE y cómo afecta a tu prestación por desempleo

· Actualizado: 17 de junio de 2026 · Prestaciones

Qué es un ERTE

Un ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo) es una medida que permite a una empresa suspender contratos o reducir la jornada de su plantilla de forma temporal cuando concurren determinadas causas. La clave está en la palabra temporal: el contrato no se extingue, queda en pausa o se recorta durante un periodo, y cuando la situación se resuelve la persona trabajadora se reincorpora a su puesto.

Durante el ERTE la empresa sigue obligada a mantener de alta a la persona trabajadora y a ingresar la cotización empresarial a la Seguridad Social. Mientras tanto, el SEPE puede reconocer una prestación por desempleo que compense, total o parcialmente, los ingresos que dejas de percibir.

Si tu empresa te ha comunicado un ERTE, lo primero es saber de qué tipo es, porque eso determina los requisitos de acceso a la prestación y algunas de sus reglas.

Tipos de ERTE

El SEPE distingue principalmente entre estas situaciones:

ERTE por fuerza mayor

Se aplica cuando la suspensión o reducción deriva de causas de fuerza mayor (hechos externos, imprevisibles o inevitables) que la autoridad laboral debe constatar. Es el supuesto más protector para la persona trabajadora en cuanto al acceso a la prestación.

ERTE por causas ETOP

Es el ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (de ahí las siglas ETOP). Aquí la empresa justifica la medida en su propia situación productiva o económica y sigue un procedimiento con consulta a la representación de la plantilla.

Mecanismo RED (artículo 47 bis del Estatuto de los Trabajadores)

El Mecanismo RED es un instrumento de flexibilidad y estabilización del empleo regulado en el artículo 47 bis del Estatuto de los Trabajadores. Lo activa el Consejo de Ministros para un sector o ámbito de la economía durante un ciclo temporal, y permite a las empresas afectadas solicitar medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos. El SEPE lo gestiona dentro del mismo bloque de “ERTE / RED”.

Diferencia entre ERTE y ERE

Es una confusión muy frecuente y conviene tenerla clara:

ConceptoERTEERE
NaturalezaTemporalDefinitiva
Efecto sobre el contratoSuspensión o reducción de jornadaExtinción (despido colectivo)
Vuelta al puestoSí, al finalizar la medidaNo
Relación laboralSe mantieneSe rompe

En un ERE (Expediente de Regulación de Empleo) los contratos se extinguen de forma definitiva: es un despido colectivo. En un ERTE la relación laboral continúa y solo se suspende o se recorta durante un tiempo.

Suspensión frente a reducción de jornada

Dentro del ERTE caben dos medidas distintas:

  • Suspensión del contrato: dejas de trabajar y de cobrar salario por completo durante el periodo. Cobras la prestación por desempleo por los días suspendidos.
  • Reducción de jornada: sigues trabajando, pero menos horas, con una reducción proporcional del salario. La reducción se mueve dentro de una horquilla de entre el 10 % y el 70 % de la jornada, y la prestación cubre la parte de jornada reducida.

En ambos casos cobras en proporción al tiempo afectado por la medida.

La prestación por desempleo durante el ERTE

El SEPE reconoce la prestación contributiva por los periodos suspendidos o por la parte de jornada reducida. La cuantía, según la información oficial del SEPE, se calcula como porcentaje de la base reguladora:

  • En ERTE por causas ETOP (y en supuestos de ERE), la cuantía diaria es el 70 % de la base reguladora durante los primeros 180 días y el 60 % a partir del día 181.
  • En ERTE por fuerza mayor, la cuantía diaria es el 70 % de la base reguladora durante toda la duración de la medida.

Sobre estos porcentajes se aplican los topes máximos y mínimos que el SEPE fija en función de las cargas familiares, igual que en cualquier prestación contributiva. Para entender cómo se forma la base reguladora puedes consultar nuestra guía de cómo calcular el paro.

Requisito de cotización

Para acceder a la prestación por un ERTE ETOP se exige el mínimo general de 360 días cotizados dentro de los seis años anteriores. En el ERTE por fuerza mayor ese requisito de carencia previa no opera del mismo modo, lo que facilita el acceso. Confirma siempre el detalle en la ficha del SEPE que corresponda a tu caso.

Cotización y consumo de paro

Mientras cobras la prestación por el ERTE, la empresa sigue ingresando la cotización empresarial y la parte que corresponde a la persona trabajadora se descuenta de la prestación. Ten en cuenta que, con carácter general, el tiempo en ERTE cobrando la prestación no genera nuevo periodo cotizado para el desempleo.

La reposición de la prestación

La reposición es una de las ventajas más importantes del ERTE frente a un despido directo. Consiste en que, en determinados supuestos previstos por la normativa, el SEPE devuelve (repone) los días de prestación que has consumido durante el ERTE.

La idea es que el tiempo que pasaste cobrando el paro por el ERTE no merme tu derecho futuro: si más adelante el contrato se extingue, podrías recuperar parte de la prestación consumida durante la suspensión o reducción, dentro de los límites que marca cada regulación. Como las condiciones y los topes de la reposición dependen de la norma aplicable a cada ERTE, conviene verificar el supuesto concreto en la información oficial del SEPE antes de dar nada por hecho.

Cómo se tramita

En los ERTE el proceso suele ser colectivo: es la empresa la que comunica al SEPE la relación de personas afectadas y los periodos de suspensión o reducción, normalmente con tu autorización para el uso de tus datos. Por eso, en muchos casos no tienes que presentar una solicitud individual completa, aunque sí debes:

  • estar inscrito como demandante de empleo en el servicio público de empleo de tu comunidad;
  • comprobar que la empresa ha comunicado correctamente tu situación;
  • y revisar en tu área personal del SEPE que la prestación se ha reconocido.

Si necesitas atención presencial, antes revisa la guía de cita previa SEPE INEM.

Preguntas frecuentes

¿En un ERTE me despiden?

No. El ERTE es una medida temporal: el contrato se suspende o se reduce, pero no se extingue. El despido colectivo definitivo es el ERE.

¿Cuánto cobro durante el ERTE?

Depende del tipo. En ERTE ETOP, el 70 % de la base reguladora los primeros 180 días y el 60 % después; en ERTE por fuerza mayor, el 70 % durante toda la medida. Sobre esa base se aplican los topes del SEPE.

¿Tengo que pedir yo la prestación?

Normalmente la empresa comunica el ERTE de forma colectiva al SEPE. Aun así, debes estar inscrito como demandante de empleo y comprobar que tu prestación figura reconocida en tu área personal.

¿Qué es la reposición de la prestación?

Es la devolución de días de paro consumidos durante el ERTE en los supuestos previstos por la norma, para que ese consumo no reduzca tu derecho futuro. Los límites dependen de la regulación aplicable.

¿El tiempo en ERTE cuenta para cotizar?

Con carácter general, el tiempo en ERTE cobrando la prestación no genera nuevo periodo cotizado a efectos de futuras prestaciones por desempleo.

Resumen práctico

Un ERTE no es un despido: suspende o reduce tu jornada de forma temporal y mantiene tu contrato vivo. Lo primero es identificar el tipo (fuerza mayor, ETOP o Mecanismo RED), porque de ahí dependen el acceso y las reglas de la prestación. La cuantía se mueve alrededor del 70 % de la base reguladora, la tramitación suele ser colectiva a través de la empresa, y la reposición protege tu derecho futuro. Para el detalle de tu caso concreto, consulta siempre la ficha oficial del SEPE.

Revisión editorial

Guía informativa revisada por redacción

Contenido orientativo basado en documentación pública y páginas institucionales · Revisado el 17 de junio de 2026

Revisado por Gabriel G. Editor de formación

Qué comprobar antes de actuar

  • Comprueba fechas, requisitos y cuantías en la web oficial antes de iniciar un trámite.
  • Si la convocatoria o norma ha cambiado, prevalece siempre la información del organismo público competente.
  • Usa esta guía como orientación editorial, no como sustituto de una resolución oficial.
  • Si necesitas confirmar documentación o plazos, consulta la fuente primaria enlazada o tu oficina correspondiente.

Fuentes y referencias

Si el artículo trata una ayuda, prestación o trámite concreto, conviene contrastar la versión vigente en la sede o portal oficial correspondiente antes de enviar datos personales o presentar solicitudes.