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Casa 47: requisitos y cómo solicitar alquiler público asequible

· Actualizado: 22 de septiembre de 2026 · Ayudas SEPE

Estado actual de las convocatorias

Casa 47 es la empresa pública estatal que gestiona alquileres asequibles y publica sus viviendas en el portal oficial de Casa 47. No existe una lista de espera general: hay que inscribirse en cada convocatoria que interese.

La convocatoria más reciente que hemos podido verificar ofreció 645 viviendas en Asturias, Cataluña, Comunidad Valenciana, Galicia y Navarra. Su plazo terminó el 21 de septiembre de 2026, por lo que ya no debe presentarse como abierta. Casa 47 anuncia convocatorias trimestrales; revisa el portal para conocer la siguiente.

Requisitos generales

Cada convocatoria fija las condiciones de cada promoción, pero las preguntas frecuentes oficiales señalan estos criterios generales:

  • tener nacionalidad española o residencia legal en España;
  • destinar la vivienda a residencia habitual y permanente;
  • no ser propietario de otra vivienda, ni tener sobre ella nuda propiedad, usufructo o derecho de superficie, salvo las excepciones que establezcan las bases;
  • acreditar ingresos de la unidad de convivencia entre 2 y 7,5 veces el IPREM;
  • cumplir la relación entre ingresos y renta exigida para la vivienda elegida.

No es necesario estar empadronado previamente en el municipio de la vivienda, salvo que las bases concretas indiquen una condición adicional. Una vez firmado el contrato, sí debe convertirse en la residencia habitual.

Cuánto se paga

La renta depende de la vivienda y de los ingresos de la unidad de convivencia. Para poder optar a una vivienda concreta, la mensualidad debe representar:

  • como máximo, el 30 % de los ingresos netos mensuales;
  • como mínimo, el 15 % de esos ingresos.

Esto significa que no todas las viviendas del portal estarán disponibles para todos los niveles de renta. El propio proceso de inscripción comprueba la adecuación económica.

Cómo solicitar una vivienda

  1. Entra en portal.casa47.es y revisa las convocatorias activas.
  2. Consulta la ficha de cada promoción: ubicación, renta, superficie, accesibilidad y requisitos.
  3. Regístrate en el portal y completa los datos de la unidad de convivencia.
  4. Adjunta la documentación exigida dentro del plazo.
  5. Conserva el justificante y consulta el estado desde el propio portal.

Si hay más solicitantes que viviendas y se cumplen los requisitos, la adjudicación se realiza mediante sorteo ante notario. No se otorgan puntos por enviar la solicitud antes dentro del plazo ni existe un baremo general de méritos.

Duración del alquiler

Los contratos tienen una duración inicial de 14 años. Pueden prorrogarse por periodos sucesivos de siete años y mediante una prórroga adicional de cinco años hasta que la persona arrendataria alcance los 75 años, siempre que se sigan cumpliendo las condiciones aplicables.

Documentación

La convocatoria concreta es la que manda. Habitualmente tendrás que acreditar identidad o residencia legal, composición de la unidad de convivencia, ingresos y ausencia de otra vivienda. No prepares ni envíes documentos fuera del portal hasta comprobar las bases vigentes.

Evitar fraudes

  • Usa únicamente casa47.es y portal.casa47.es.
  • No confíes en quien prometa una adjudicación sin cumplir requisitos o sin sorteo.
  • Comprueba el plazo en la ficha oficial: una noticia antigua puede seguir visible después del cierre.
  • Para dudas sobre una convocatoria, utiliza el teléfono 047 o los canales publicados por Casa 47.

Preguntas frecuentes

¿Hay una lista de espera permanente?

No. Casa 47 indica que no mantiene una lista general; las personas interesadas deben participar en cada convocatoria.

¿Hay una edad mínima o cupo para jóvenes?

Las condiciones generales no establecen un cupo por edad. Las bases de una promoción pueden reservar viviendas adaptadas u otros cupos específicos, que deben consultarse en cada convocatoria.

¿Es vivienda social de emergencia?

No necesariamente. Es un programa de alquiler público asequible sujeto a límites de ingresos y a las bases de cada convocatoria. Las situaciones de emergencia residencial se atienden por otras vías de servicios sociales y vivienda autonómica o municipal.

¿Puedo solicitar si vivo en otra provincia?

Sí, en las condiciones generales no se exige empadronamiento previo en el municipio. Si te adjudican la vivienda, debe ser tu residencia habitual.

Revisión editorial

Guía informativa revisada por redacción

Contenido orientativo basado en documentación pública y páginas institucionales · Revisado el 22 de septiembre de 2026

Revisado por Gabriel G. Editor de formación

Qué comprobar antes de actuar

  • Comprueba fechas, requisitos y cuantías en la web oficial antes de iniciar un trámite.
  • Si la convocatoria o norma ha cambiado, prevalece siempre la información del organismo público competente.
  • Usa esta guía como orientación editorial, no como sustituto de una resolución oficial.
  • Si necesitas confirmar documentación o plazos, consulta la fuente primaria enlazada o tu oficina correspondiente.

Fuentes y referencias

Si el artículo trata una ayuda, prestación o trámite concreto, conviene contrastar la versión vigente en la sede o portal oficial correspondiente antes de enviar datos personales o presentar solicitudes.