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Burofax correos: qué es y cómo utilizarlo

· Actualizado: 29 de julio de 2026 · Trámites

Burofax correos: qué es y cómo utilizarlo

El burofax es uno de los servicios más importantes de Correos desde el punto de vista jurídico. Se trata de un sistema de envío de documentos que ofrece garantía legal de que el contenido ha sido remitido y, en su caso, entregado al destinatario. Por eso es la vía habitual para comunicaciones que requieren prueba fehaciente: despidos, reclamaciones, resoluciones de contrato, requerimientos de pago y todo tipo de notificaciones con trascendencia legal.

En esta guía te explicamos en detalle qué es un burofax, cuándo conviene utilizarlo, cómo se envía paso a paso y qué valor legal tiene ante los tribunales.

Qué es un burofax

Un burofax es un servicio postal que permite enviar un documento a un destinatario con plena garantía de que se ha realizado el envío y de cuál ha sido su resultado (entregado, rechazado, ausente, dirección incorrecta). Se diferencia de una carta certificada en que el burofax puede incorporar dos servicios adicionales de enorme importancia jurídica:

  • Certificación de contenido. Correos conserva una copia del documento enviado, de modo que queda acreditado no solo que se envió algo, sino exactamente qué se envió.
  • Acuse de recibo. El destinatario firma en el momento de la entrega, quedando constancia de quién recibió el documento, en qué fecha y en qué dirección.

Cuando se contrata un burofax con certificación de contenido y acuse de recibo, se obtiene la prueba más sólida posible de que una comunicación se ha realizado con un determinado contenido y ha llegado (o se ha intentado entregar) al destinatario.

Cuándo utilizar un burofax

El burofax es la vía recomendada siempre que necesites dejar constancia legal de una comunicación. Los casos más habituales son:

  • Despido laboral. La empresa comunica el despido al trabajador mediante burofax cuando no es posible hacerlo presencialmente.
  • Resolución de contratos. Arrendamientos, servicios, suministros o cualquier tipo de contrato cuya resolución deba comunicarse fehacientemente.
  • Reclamaciones de cantidad. Requerimientos de pago previos a la vía judicial.
  • Comunicaciones entre comunidades de propietarios y vecinos. Convocatorias de juntas, reclamaciones de deudas o notificaciones importantes.
  • Reclamaciones previas. En muchos procedimientos judiciales se exige acreditar que se ha realizado una reclamación previa antes de acudir a los tribunales.
  • Comunicaciones laborales. Modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo, períodos de consultas, comunicación de huelgas, etc.
  • Resoluciones de contratos de alquiler. Comunicación de no renovación, desistimiento o resolución por impago.

Cómo enviar un burofax paso a paso

Puedes enviar un burofax de varias formas:

Opción 1: En una oficina de Correos (presencial)

  1. Acude a cualquier oficina de Correos con el documento que deseas enviar.
  2. Lleva dos copias del documento: una para el destinatario y otra que quedará en poder de Correos como certificación de contenido.
  3. Indica al operador que deseas enviar un burofax con certificación de contenido y acuse de recibo.
  4. Facilita los datos del destinatario: nombre completo, dirección postal completa y, si es posible, número de teléfono.
  5. Abona el importe del servicio.
  6. Correos te entregará el resguardo del envío con el número de seguimiento.

Opción 2: Online a través de la web de Correos

  1. Accede al servicio de burofax online en la página web de Correos.
  2. Regístrate o inicia sesión en tu cuenta de Correos.
  3. Sube el documento que deseas enviar en formato PDF.
  4. Indica los datos del destinatario.
  5. Selecciona los servicios adicionales: certificación de contenido y acuse de recibo.
  6. Realiza el pago online.
  7. Correos imprimirá el documento, lo enviará al destinatario y te proporcionará el justificante y el seguimiento.

La opción online es especialmente cómoda porque permite enviar el burofax desde casa las 24 horas del día, sin necesidad de desplazarse a una oficina.

Precios del burofax de Correos

El precio del burofax depende de varios factores: el número de páginas, el peso, la modalidad (básico, con certificación de contenido, con acuse de recibo) y si se envía de forma presencial u online. A modo orientativo:

  • Burofax básico (sin certificación ni acuse): desde aproximadamente 8-10 euros.
  • Burofax con acuse de recibo: desde unos 12-15 euros.
  • Burofax con certificación de contenido y acuse de recibo: desde unos 25-30 euros para un documento de una página.
  • Páginas adicionales: cada página extra incrementa el precio.

Los precios pueden variar, por lo que es recomendable consultar la tarifa actualizada en la web de Correos o en cualquier oficina.

El burofax tiene pleno valor legal ante los tribunales españoles. Su fuerza probatoria se basa en los siguientes elementos:

  • Operador postal oficial. Correos es el operador postal designado por el Estado para la prestación del servicio postal universal, lo que otorga a sus certificaciones una presunción de veracidad.
  • Certificación de contenido. Correos certifica que el documento conservado en sus archivos es idéntico al que se envió al destinatario. Esto impide que cualquiera de las partes niegue el contenido de la comunicación.
  • Acuse de recibo. La firma del destinatario en el acuse de recibo acredita la recepción efectiva del documento.
  • Intento de entrega. Incluso si el destinatario no recoge el burofax (por ausencia, rechazo o dirección incorrecta), Correos deja constancia de los intentos de entrega. Los tribunales suelen considerar que la comunicación se ha realizado eficazmente cuando se demuestra que el remitente ha hecho todo lo posible por hacerla llegar.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha reconocido reiteradamente el valor probatorio del burofax, convirtiéndolo en el medio de comunicación fehaciente por excelencia en el tráfico jurídico español.

Burofax rechazado o no entregado: qué hacer

Uno de los problemas más frecuentes con los burofax es que el destinatario no los recoja, ya sea por ausencia, por rechazo deliberado o porque la dirección es incorrecta. En estos casos:

  • Destinatario ausente. Correos realiza dos intentos de entrega. Si en ninguno de ellos se encuentra al destinatario, se deja un aviso para que lo recoja en la oficina de Correos más cercana en un plazo de 15 días.
  • Destinatario rechaza el burofax. Si el destinatario rechaza la entrega, Correos lo hace constar así en el acuse de recibo. El rechazo se considera una prueba a favor del remitente, ya que demuestra que la comunicación se intentó realizar y el destinatario se negó a recibirla.
  • Dirección incorrecta o desconocida. El burofax se devuelve al remitente con la indicación de que no ha podido ser entregado. En este caso, conviene buscar la dirección correcta y repetir el envío.

En todos estos supuestos, conserva siempre el resguardo del envío, la certificación de contenido y el aviso de devolución, ya que son documentos probatorios ante los tribunales.

Diferencias entre burofax, carta certificada y notificación notarial

CaracterísticaBurofaxCarta certificadaNotificación notarial
Certifica el contenidoSí (opcional)NoSí
Acuse de reciboSí (opcional)Sí (opcional)Sí
Valor legalAltoMedioMuy alto
PrecioMedioBajoAlto
Intervención de notarioNoNoSí

El burofax ofrece un equilibrio óptimo entre coste y seguridad jurídica. La carta certificada es más barata pero no certifica el contenido. La notificación notarial es la opción más segura pero también la más costosa.

Consejos para enviar un burofax eficaz

  • Siempre con certificación de contenido y acuse de recibo. Sin estos dos servicios, el burofax pierde gran parte de su valor jurídico.
  • Redacta el documento de forma clara y precisa. Identifica a remitente y destinatario, expón los hechos de forma cronológica y termina con una petición o comunicación concreta.
  • Conserva el resguardo y toda la documentación. Guarda el resguardo del envío, la certificación de contenido y el acuse de recibo (o el aviso de no entrega) durante al menos cinco años.
  • Verifica la dirección del destinatario. Un error en la dirección invalida todo el proceso. Si es posible, utiliza la dirección que figure en el contrato o en la documentación oficial.
  • Envía el burofax con tiempo suficiente. Si la comunicación está sujeta a un plazo legal, ten en cuenta que, con carácter general, los efectos frente al destinatario se producen cuando recibe la comunicación o cuando se intenta la entrega, no cuando la envías. Para acreditar que tú cumpliste dentro de plazo suele bastar la fecha de envío, pero conviene no apurar los días: comprueba qué exige la norma o el contrato aplicable en tu caso.

Preguntas frecuentes sobre el burofax de Correos

¿Un burofax tiene la misma validez que un requerimiento notarial? No exactamente. El requerimiento notarial tiene mayor fuerza probatoria porque interviene un fedatario público. Sin embargo, el burofax con certificación de contenido y acuse de recibo es aceptado por los tribunales como prueba suficiente en la inmensa mayoría de los procedimientos.

¿Puedo enviar un burofax a una empresa o solo a personas físicas? Puedes enviar un burofax tanto a personas físicas como a personas jurídicas (empresas, asociaciones, administraciones públicas). Simplemente indica la razón social y la dirección del destinatario.

¿Cuánto tarda en llegar un burofax? El plazo habitual es de uno a tres días hábiles para envíos nacionales. Si necesitas urgencia, Correos ofrece servicios de entrega en 24 horas con coste adicional.

¿Qué pasa si el destinatario se niega a firmar el acuse de recibo? El cartero deja constancia del rechazo, lo que constituye prueba suficiente de que se intentó la entrega. Los tribunales consideran que la comunicación surte efectos desde el momento del rechazo.

¿Puedo enviar un burofax fuera de España? Sí, Correos ofrece el servicio de burofax internacional, aunque con ciertas limitaciones en cuanto a destinos y servicios disponibles. Consulta las condiciones en la web de Correos.

¿Se puede anular un burofax ya enviado? Una vez que el burofax ha sido procesado y enviado, no se puede anular. Si necesitas rectificar la comunicación, deberás enviar un segundo burofax con las correcciones.

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Revisión editorial

Guía informativa revisada por redacción

Contenido orientativo basado en documentación pública y páginas institucionales · Revisado el 29 de julio de 2026

Revisado por Gabriel G. Editor de formación

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  • Usa esta guía como orientación editorial, no como sustituto de una resolución oficial.
  • Si necesitas confirmar documentación o plazos, consulta la fuente primaria enlazada o tu oficina correspondiente.

Fuentes y referencias

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